México, D.F. 20 de Marzo de 2007

Qué se está discutiendo en la ALDF

Actualmente, los legisladores del DF están discutiendo reformas a la legislación vigente, a partir de sendas iniciativas enviadas por el PRI y por Alternativa.

Lo que están consensuando es una propuesta moderada de criterios razonables. Se trata de una propuesta integral sobre la salud sexual y reproductiva de las mujeres, que hace hincapié en la prevención de embarazos no deseados e intenta disminuir el problema de la mortalidad materna . Aún no hay un dictamen definitivo.

Aquí exponemos los principales puntos de discusión.

1) Reformas a la Ley de Salud del DF:

Se está trabajando en una estrategia integral en materia de salud sexual y reproductiva. Se trata de garantizar el acceso a anticonceptivos y a educación sexual, para evitar embarazos no deseados e infecciones de transmisión sexual.

Se está trabajando con fuerte énfasis en la prevención de embarazos no deseados. El aborto no puede ser visto de manera aislada, sino como parte de la atención a la salud reproductiva.

2) Reformas al Código Penal del Distrito Federal:

Se están discutiendo cuatro puntos:

a) Definición de embarazo

Se está trabajando en la definición de embarazo. La ciencia médica considera que el embarazo comienza cuando se completa la implantación del huevo fertilizado en el revestimiento del útero. (1)

La reproducción natural humana es un proceso que comprende la producción de gametos masculinos y femeninos y su unión durante la fertilización. El embarazo es la parte del proceso que comienza con la implantación del "conceptus" en el seno de una mujer, y que termina con el nacimiento de un bebé o con un aborto (2)

b) Proyecto de vida

Se está trabajando en considerar la afectación al proyecto de vida como una causal más de exclusión de responsabilidad penal. El “daño al proyecto de vida” implica la pérdida o el grave menoscabo de oportunidades de desarrollo personal, en forma irreparable o muy difícilmente reparable.

La continuación de un embarazo no deseado o no planeado puede afectar significativamente la realización personal de la mujer embarazada, contrariando los planes futuros que se ha propuesto llevar a cabo, así como cambiar drásticamente sus aspiraciones personales, profesionales y educativas. De acuerdo con la Corte Interamericana de Derechos Humanos, esta situación atenta contra la libertad de las personas, derecho fundamental e inalienable de las mujeres.

El proyecto de vida de la mujer está relacionado con el reconocimiento de derechos fundamentales establecidos en la Constitución y diversos tratados internacionales de derechos humanos firmados y ratificados por nuestro país. En este sentido, el Estado tiene la obligación de proteger y garantizar a las mujeres el ejercicio de estos derechos.

El proyecto de vida deriva del derecho de las mujeres a la libertad, y el respeto a este proyecto garantiza también la integridad, autonomía, salud física y un desarrollo integral de su personalidad y bienestar psicológico.

El ‘proyecto de vida’ se asocia al concepto de realización personal, que a su vez se sustenta en las opciones que el sujeto puede tener para conducir su vida y alcanzar el destino que se propone.

Difícilmente se podría decir que una persona es verdaderamente libre si carece de opciones para encaminar su existencia y llevarla a su natural culminación.

Cuando el Estado no garantiza que una mujer interrumpa un embarazo no deseado o no planeado le está imponiendo llevar a cabo ese proceso y pone en peligro no sólo su integridad física y psíquica, su salud o su vida, si no que, además, contribuye a restringir la realización de los proyectos profesionales y/o educativos.

c) Plazo de 12 semanas

Se considera que la excluyente de responsabilidad penal del aborto en caso de que afecte el proyecto de vida de la mujer debe sujetarse a un término de 12 semanas de gestación, ya que las mujeres corren menos riesgos en este plazo. Después, a medida que aumentan las semanas de gestación, la interrupción es más riesgosa.

Un aborto temprano es seguro para la mujer, y 12 semanas es un tiempo razonable para que la mujer tome su decisión.

En Estados Unidos, la decisión de interrumpir el embarazo está sujeta a la voluntad de la mujer y al criterio del médico que la atiende, siempre y cuando se realice dentro del primer trimestre, es decir, las primeras 12 semanas de gestación.

¿Por qué la propuesta que se discute es moderada? En el Reino Unido (Inglaterra, Escocia y Gales) se permite el aborto hasta las 24 semanas de gestación, cuando la continuación del embarazo suponga un riesgo mayor que la interrupción del mismo, en caso de una afectación a la salud física o mental de la mujer embarazada o a la de sus hijos. También se permite, dentro de este mismo plazo, si el embarazo pone en riesgo la vida de la mujer; se afecta de forma grave y permanente su salud física o mental, y en caso de malformaciones del producto de la concepción.

d) Reducción de penas

Según la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, “es necesario hacer una reforma radical del sistema de justicia para lograr que la sanción de la prisión únicamente se aplique en aquellos casos en que no existe ninguna otra alternativa: la privación de la libertad como el último recurso de la administración de justicia y no el primero, como actualmente ocurre”.

En ese sentido, el proyecto propone reducir las sanciones actualmente previstas para la mujer, además de establecer una pena conmutativa de trabajo a favor de la comunidad.

3) Algunas cifras a tener en cuenta

El DF concentra el 14% del total de las muertes por aborto a nivel nacional, además de que, en el DF, el aborto representa la tercera causa de muerte materna, mientras que a nivel nacional representan la 5ª causa.
(Fuente: Ipas México, a partir del análisis de datos oficiales de la SSA)

Se calcula que, por año, mueren en el País aproximadamente 100 mujeres por abortos inseguros. El promedio de muertes por abortos inseguros en el DF es de 7 mujeres al año, lo que equivaldría a una mujer cada 52 días.
(Fuente: Ipas México, a partir del análisis de datos oficiales de la SSA)

Entre los años 2002 y 2006, la Secretaría de Salud del DF realizó 66 interrupciones legales de embarazos (por violación y por razones de salud).
(Fuente: Secretaría de Salud del DF)

A nivel nacional, el 80 % de las mujeres embarazadas no tenía deseos de tener un hijo al momento de embarazarse (8 de cada 10).

Existen 1,204,548 mujeres embarazadas en el país.

Solo 117,654 tenían deseos de embarazarse, es decir, menos del 15%.
Del resto, 144,601 deseaban esperar más tiempo,
882,293 no querían embarazarse.
Del total de embarazos no deseados, el 36.2% se presenta en mujeres menores de 20 años
(Fuente: Periódico Reforma, 10 de diciembre de 2006, a partir de datos del Instituto Nacional de Salud Pública. “Encuesta Nacional de la Dinámica Demográfica 2006: resultados preliminares”)

El número de abortos inducidos en México es estimativo, pues al tratarse de un hecho muchas veces clandestino, hay subregistro.

Las cifras confiables hablan de de 102,000 abortos inducidos al año (CONAPO) a 553,100 (Instituto Alan Guttmacher)

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(1) WHO. “Emergency contraception: how effective is it?”. [en línea]. En: Progress in Reproductive Health research. No. 51, part 1 (1999). <http://www.who.int/reproductive-health/hrp/progress/51/news51_1.en.html [Consulta: 9 de marzo del 2007 ].

(2) FIGO. Recomendaciones sobre temas de ética en obstetricia y ginecología (noviembre 2006) [en línea] <http://www.figo.org/docs/Ethics%20Guidelines%20-%20Spanish%20version%202006%20-2009.pdf> [consulta 10 de marzo del 2007].

Texto elaborado por GIRE

 
 

 

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