Aborto legal por violación. Reclamo desde los derechos humanos de las mujeres.
(Boletina Mujer Saludable/RSMLAC)
Subió a Conferencia el 11
de febrero del 2005.
Fuente: Boletina Mujer SaludHable
Año IV, No. 1, febrero 2005
Red de Salud de las Mujeres Latinoamericanas y del Caribe,
RSMLAC
1. Violencia sexual como atentado a los
derechos humanos de las mujeres
La
violencia contra las mujeres, en sus distintas manifestaciones, refleja la
discriminación y sometimiento de que son objeto en la mayor parte de las
sociedades, donde se percibe una “naturalización” de este fenómeno. La región
latinoamericana y caribeña no es la excepción. Pese a sus graves efectos para
la vida y salud de las víctimas y sus familias, la violencia con sesgo de
género no ha sido enfrentada con decisión por los organismos públicos en
términos de prevención, sanción y reparación, lo que da cuenta de una brecha
entre el ordenamiento jurídico internacional y lo que se ha concretado a través
de legislaciones y normativas nacionales.
En
este contexto, la violación sexual, que puede afectar a mujeres de todas las
edades y condición social, es la mayor expresión de poder y control puesto que
más allá de la significación sexual, se trata de un acto de sometimiento de la
voluntad y cuerpo de la víctima por medio de la fuerza y/o la coerción,
afectando la dignidad y los más elementales derechos humanos.
Las
huellas de un ataque sexual son sin duda corporales: lesiones, infecciones de
transmisión sexual, embarazos indeseados, e incluso puede culminar con la
muerte. Además hay efectos en la salud mental a mediano y largo plazo, tales
como depresión, ansiedad, insomnio, pesadillas, sentimientos de humillación y autoculpabilización, problemas sexuales. El lenguaje
especializado habla de un síndrome de estrés post traumático, inmediatamente
posterior a una violación.
Asimismo,
“la victimización sexual temprana puede dejar a las
mujeres con menos habilidades para protegerse a sí mismas, menos seguras de su
valor y de sus límites personales y más aptas para aceptar la victimización como parte de su ser femenino (Heise, Pitanguy, Germain, “Violencia contra la mujer. La carga oculta de
salud”. OPS, 1994).
La
violación sexual cobra especial gravedad cuando afecta a menores de edad -en la
vasta mayoría niñas atacadas por varones de su círculo familiar más cercano- a
causa de su condición de vulnerabilidad y dificultad para rechazar y denunciar
el ataque. En ciertos sectores sociales el incesto es considerado como parte de
las relaciones “normales” que se establecen entre un padre y su progenie, donde
la madre calla y acata y el padre, conviviente u otro familiar cuentan con
total impunidad para sus actos.
Un
testimonio recogido informalmente en una investigación realizada en Colombia
señaló la siguiente explicación de un individuo que abusaba de su hija de
cortos años: “he gastado dinero en vestirla, alimentarla y educarla, no voy a
dejar que cualquier cabrón la aproveche antes que yo”. Otro caso difundido por
la prensa chilena en días recientes, se refiere a un padre que violaba a sus
hijas y las obligaba a abortar, e incluso había cometido infanticidios
reiterados tras los abusos sexuales que se prolongaban durante años.
Así,
muchas familias se reproducen en relaciones incestuosas que entremezclan
parentescos al mismo tiempo que sepultan para siempre el futuro de estas
niñas-mujeres, agredidas a veces tumultuariamente por parientes y sus
amistades, y cuyos dramas se pierden en el silencio social.
¿Qué significado tiene un embarazo
resultante de una violación?
Un
embarazo indeseado, impuesto por la fuerza, no constituye sino la prolongación
de la violencia, y contribuye a un mayor deterioro en la salud mental de la
mujer abusada. Por lo tanto, ningún discurso moral, ético ni religioso puede justificar
una gestación fruto de tal trasgresión a la integridad corporal y psíquica de
una mujer o niña. De allí que el acceso al aborto legal, seguro y proporcionado
gratuitamente por los servicios de salud públicos en casos de violación debe
ser una demanda política central en la agenda del movimiento de mujeres
regional y mundial.
En
algunos países latinoamericanos y caribeños el acceso al aborto en casos de
violación está reglamentado. Tal es el caso de Brasil, donde a raíz de la
presión de las organizaciones feministas numerosos estados han incorporado
estos servicios a la red pública de salud. En otros, como México, también es
legal en algunos estados pero con serias dificultades para su puesta en
práctica. El Grupo de Información en Reproducción Elegida, GIRE, desarrolla en
la actualidad una vigorosa campaña de información pública para que las mujeres
sepan que el aborto por violación es un derecho y pueden exigirlo.
Por
otra parte, numerosos países cuentan con normativas y protocolos para la atención
de víctimas de violencia sexual a quienes se les entrega anticoncepción de
emergencia para prevenir un embarazo cuando lo solicitan, al igual que
medicamentos para prevención de infecciones de transmisión sexual.
Lamentablemente,
la generalidad de la región es la dificultad de que las legislaciones que
permiten causales de aborto impune estén reglamentadas y se cumplan
efectivamente, al igual que las normativas sobre la entrega de anticoncepción
de emergencia, pese a su reconocida eficacia para prevenir embarazos en
relaciones sexuales no protegidas.
2. Niña violada en Calama:
Caso emblemático en la demanda del derecho a la salud y la autonomía
reproductiva
En
las primeras semanas de enero de 2005 se conoció en Chile el caso de una menor
de nueve años violada por el conviviente de su madre, ambos de nacionalidad
boliviana, situación que se prolongó durante dos años. A raíz de ello, la niña
cursa un embarazo ocultado intencionalmente por su madre. Con 23 semanas de
embarazo, la pequeña fue internada en un hospital público de la zona de Calama, al norte del país, mientras que su progenitora y el
abusador fueron encarcelados.
Ante
esta grave denuncia, la Red de Salud de las Mujeres Latinoamericanas y del
Caribe inició de inmediato una campaña de solidaridad nacional, regional e
internacional para presionar a las autoridades correspondientes para que a la
niña se le practicara de inmediato un aborto terapéutico.
El
aborto terapéutico, que existió en Chile desde 1931, fue derogado en 1989 tras
una negociación directa de la alta jerarquía de la Iglesia Católica con la
Junta de Gobierno presidida por el dictador Pinochet,
poco antes del término de su gobierno de facto. En la vuelta a la democracia,
los sucesivos gobiernos se han negado a incluir en sus agendas la reposición
del aborto terapéutico ni han apoyado propuestas legislativas en este sentido,
en abierta contravención a los compromisos asumidos por Chile en la Conferencia
de Beijing, que en el párrafo 106, letra k, de su Plataforma de Acción, llama a
revisar las leyes punitivas contra mujeres que abortan. Y pese a recibir
recomendaciones directas en el mismo sentido del Comité de Derechos Humanos de
Naciones Unidas y del Comité de la CEDAW.
¿Qué motivó, entonces, esta campaña de
la Red de Salud?
El
llamado a la acción fue sin duda simbólico, considerando el estatus legal del
aborto en el país. Pero intencionadamente dirigido a las autoridades de
gobierno para que asumieran su responsabilidad de cautelar y proteger la vida,
salud y derechos de la pequeña violada. En primer lugar, cautelar el derecho a
la salud que le asiste a todo ser humano, y que en este caso está siendo
amenazado por la corta edad de la niña, ya que su organismo no tiene la madurez
ni el desarrollo necesarios para llevar adelante un
evento reproductivo como un embarazo y parto.
Pero,
asimismo, el llamado a la acción se dirigió a reafirmar el derecho humano de
toda mujer a la autonomía reproductiva, es decir, a decidir cuándo tener hijos
y cuántos. Un embarazo por violación es una total trasgresión a estos derechos
reproductivos reconocidos como derechos humanos en instrumentos jurídicos
internacionales y en algunas constituciones nacionales. Por lo tanto también
fue una demanda de aborto legal por violación.
Se
trató, por ultimo, de desafiar el silencio de las autoridades del país frente a
la violencia contra las mujeres y niñas, fenómeno que sigue escalando sin que
se inicie ninguna acción consistente para prevenirlo y detenerlo, en especial,
en lo que se refiere a violaciones sexuales, abuso sexual de niñas (y niños), y
femicidios. Asimismo, fue una invitación a formar
alianzas, a asumir compromisos y acciones conjuntas con otras organizaciones
que trabajan por la salud de las mujeres y por sus derechos humanos, incluido
el derecho al aborto, y a no dejarse entrampar por la desidia y la inacción.
Hoy,
cuando la pequeña tiene 26 semanas de embarazo, pareciera que su caso ha
desaparecido de los titulares noticiosos pero también de las acciones
solidarias. Sin embargo, a pesar de que la gestación continúa siendo un riesgo
sanitario para ella, el sector salud no se ha planteado siquiera la posibilidad
de una cesárea programada en el corto plazo. No obstante, una mirada centrada
en los derechos humanos de las mujeres permitiría al menos considerar una
decisión entre dos bienes jurídicos en conflicto, la madre/niña y el feto, ya
que la información especializada en salud reproductiva señala que:
Entre
las adolescentes en el subgrupo de 10-14 años la razón de mortalidad materna es
4 veces mayor que la del grupo 15-19 y que en el grupo de adulto joven 20-24.
La tasa de mortalidad neonatal y la infantil es más del doble en el subgrupo de
10-14 comparado con el de 15-19 años.
Sin
duda, la interrupción del embarazo, a medida que progresa la edad gestacional de la niña, se hace inviable. Por otra parte,
considerar una cesárea electiva por personal de la mejor calificación para no
comprometer el futuro reproductivo de la gestante, implica reconocer que el
momento favorable para la madre sería cuanto antes mejor, y para el futuro
recién nacido lo más cercano al término (37 semanas).
Entonces,
¿cautelar la salud materna o la salud del niño/niña por nacer? Ese es el dilema
que ni siquiera se ha planteado en Chile. La legislación chilena en este
sentido no ayuda, ya que no permite ningún caso de interrupción del embarazo ni
aun ante riesgo de muerte materna, que bien podría ser el caso de la pequeña de
Calama, sacrificada en aras de una maternidad
impuesta violentamente a sus nueve años, y frente a lo cual el sistema social
no ofrece respuestas. El cuerpo y el vientre de las mujeres son, así,
doblemente cautivos.
La
Red de Salud agradece las muestras de solidaridad recibidas
en respuesta a su campaña, provenientes de organizaciones internacionales,
de coaliciones y redes, al igual que de mujeres y hombres de diversos países
sensibilizados ante este caso emblemático de violencia contra la mujer.
Tan
emblemático como lo fue el de Rosita, la niña nicaragüense a quien la decisión
y valentía del movimiento de mujeres de su país hizo posible que accediera al
aborto terapéutico a que tenía derecho tras haber sido violada y al enfrentar
un serio riesgo sanitario por el embarazo resultante. Y también el de Paulina,
la adolescente mexicana que aun teniendo el derecho al aborto legal por
violación, este le fue negado por la obstrucción de las autoridades públicas y
las presiones de la Iglesia Católica.
Nota: El listado completo de
adherentes al llamado a la acción se encuentra en la siguiente dirección:
http://www.reddesalud.org/espanol/sitio/info.asp?Ob=1&Id=187